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(APROBACIÓN DEL CONVENIO DE NOVACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO NO.1286, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE))
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 14-2001
Código de iniciativa:
Aprobado: 23/01/2001
Publicado: 30/01/2001
(APROBACIÓN DEL CONVENIO DE NOVACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 1286, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE))

DECRETO No. 14-2001, Aprobado el 23 de Enero del 2001

Publicado en La Gaceta No. 21 del 30 de Enero del 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Decreto de Aprobación del Convenio de Novación del Contrato de Préstamo No. 1286, entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el día veintisiete de Octubre del año dos mil, para su aprobación, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política, de conformidad con la razón de recibido puesta en la nota de remisión de dicha iniciativa

II

Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea Nacional de aprobar o rechazar los convenios se le ha otorgado con el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales sean debatidos públicamente por las principales fuerzas políticas, económicas y sociales de la nación representadas en ese Poder del Estado.

III

Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política, sin que la Asamblea Nacional haya aprobado o rechazado el Proyecto de Decreto del Convenio de Novación del Contrato de Préstamo No. 1286, entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE)

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO


El siguiente

DECRETO

Arto. 1.- Se da por aprobado el Convenio de Novación del Contrato de Préstamo No.1286, entre el Gobierno de la Republica de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Arto. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintitrés de Enero del año dos mil uno.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.- ESTEBAN DUQUE ESTRADA, Ministro de Hacienda y Crédito Público.