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APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS Y ACUERDOS ADOPTADOS EN EL XVIII CONGRESO POSTAL UNIVERSAL
Materia: Relaciones Internacionales, Telecomunicaciones y Servicios Postales
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 1432
Código de iniciativa:
Aprobado: 23/04/1984
Publicado: 27/04/1984
APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS Y ACUERDOS ADOPTADOS EN EL XVIII CONGRESO POSTAL UNIVERSAL

DECRETO EJECUTIVO N°. 1432, aprobado el 23 de abril de 1984

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 83 del 27 de abril de 1984

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

I

Que Nicaragua suscribió en el XVIII Congreso Postal Universal celebrado en Río de Janeiro en octubre de 1979, un Convenio Postal Universal y el Reglamento General de la Unión Postal y otros acuerdos postales de aplicación Universal, que rigen provisionalmente en Nicaragua mientras se llenan los requisitos legales correspondientes.

II

Que los convenios y Acuerdos adoptados en el XVIII Congreso Postal Universal tienden a incrementar las comunicaciones y facilitar la colaboración económica, social y cultural entre los pueblos.

Por Tanto:

En uso de sus facultades,

DECRETA:

La siguiente:

APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DE LOS CONVENIOS Y ACUERDOS ADOPTADOS EN EL XVIII CONGRESO POSTAL UNIVERSAL

Artículo 1.- Aprobar y Ratificar los siguientes instrumentos suscritos en Río de Janeiro, Brasil el 26 de Octubre de 1979: Reglamento General de la Unión Postal Universal; Convenio Postal Universal; Acuerdo Relativo a Encomiendas (paquetes, bultos) Postales; Acuerdos Relativos a Guías Postales y Bonos Postales de Viajes; Acuerdo Relativo al Servicio de Cheques Postales; Acuerdo Relativo a Envíos contra Reembolso; Acuerdo Relativo a efectos a Cobrar; Acuerdo Relativo al Servicio Internacional del Ahorro; y Acuerdo Relativo a suscripciones a Diarios y Publicaciones Periódicas.

Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su Depósito ante el Gobierno Suizo, en su calidad de Estado Depositario de las Actas de la Unión Postal Universal.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinte y tres días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y cuatro. "A Cincuenta Años Sandino Vive".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.-Daniel Ortega Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado.- Rafael Córdova Rivas.-