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AUTORIZAR RESELLO DE TIMBRE
Materia: Tributario, Sistema de Administración Financiera
Rango: Acuerdos Ministeriales
Número: 15-96
Código de iniciativa:
Aprobado: 11/11/1996
Publicado: 15/01/1997
AUTORIZAR RESELLO DE TIMBRE

ACUERDO MINISTERIAL No. 15-96, Aprobado el 11 de Noviembre de 1996

Publicado en La Gaceta No. 10 del 15 de Enero de 1997

EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

ACUERDA:

Primero: Se autoriza el resello de Quinientos sesenta y ocho mil timbres fiscales (568, 000), “Año 1997” de diferentes denominaciones, con un valor total de cuatro millones doscientos cincuenta mil córdobas netos (C$ 4,250,000.00), conforme el siguiente detalle:

Cantidad Denominaciones Total

125,000 Timbres del Valor de C$ 1.00 c/u C$ 125,000.00
100,000 Timbres del valor de C$ 2.00 c/u C$ 200,000.00
150,000 Timbres del valor de C$ 5.00 c/u C$ 750,000.00
150,000 Timbres del valor de C$ 10.00 c/u C$ 1,500.000.00
25,000 Timbres del valor de C$ 25.00 c/u C$ 625,000.00
15,000 Timbres del valor de C$ 50.00 c/u C$ 750,000.00
3,000 Timbres del valor de C$ 100.00 c/u C$ 300,000.00
568,000 C$ 4,250.000.00

Segundo: Se autoriza la emisión de 250,000 (Doscientos cincuenta mil) pliegos de papel sellado “Serie D” del valor de C$ 5.00 (cinco córdobas) cada uno del número 750001 al 1000000 inclusive.

Tercero: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y seis EMILIO PEREIRA ALEGRÍA, Ministro de Finanzas.