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ADICION A LA LEY ORGANICA DEL INAA
Materia: Administrativa
Rango: Decretos - Ley
Número: 17
Código de iniciativa:
Aprobado: 21/01/1985
Publicado: 30/01/1985
ADICION A LA LEY ORGANICA DEL INAA

Decreto No. 17, del 21 de Enero de 1985

Publicado en La Gaceta No. 22 del 30 de Enero de 1985

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1.- Adiciónase el inciso k) al Arto.6 de la Ley orgánica del Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA), del 23 de Octubre de 1979, el cual se leerá así:

"k) Restringir, regular o racionar el abastecimiento y uso del servicio de agua en todo el territorio nacional, cuando las fuentes de aprovisionamiento por cualquier motivo no fueren suficientes para abastecer las necesidades de la población, pudiendo dictar las disposiciones que sean necesarias".

Artículo 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiún días del mes de Enero de Mil novecientos ochenta y cinco. "Por la Paz Todos contra la Agresión" DANIEL ORTEGA SAAVEDSRA, Presidente de la República de Nicaragua .