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TRATADO MARCO DEL MERCADO ELÉCTRICO DE AMÉRICA CENTRAL
Materia: Empresa Industria y Comercio, Sector Energético y Minero
Rango: Decretos Legislativos
Número: 1778
Código de iniciativa:
Aprobado: 21/10/1997
Publicado: 12/11/1997
TRATADO MARCO DEL MERCADO ELÉCTRICO DE AMÉRICA CENTRAL

DECRETO A.N. N°. 1778, aprobado el 21 de octubre de 1997

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 216 del 12 de noviembre de 1997

DECRETO A.N. N°. 1778

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el 30 de Diciembre de 1996 los Presidentes de Centroamérica y Panamá, suscribieron en la ciudad de Guatemala el Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central.

II

Que los Estados Miembros del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), han manifestado su deseo de iniciar un proceso gradual de integración eléctrica, mediante el desarrollo de un Mercado Eléctrico Regional que beneficie a todos sus habitantes.

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

TRATADO MARCO DEL MERCADO ELÉCTRICO DE AMÉRICA CENTRAL

Artículo 1.- Aprobar el Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central, suscrito en la Ciudad de Guatemala, el 30 de Diciembre de 1996 por los Presidentes de las Repúblicas de Centroamérica y Panamá, compuesto de un Preámbulo y 40 artículos.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del octavo día del depósito del Segundo Instrumento de Ratificación en la Secretaría de Integración Centroamericana SICA y de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiún días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y siete.- IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- CARLOS GUERRA GALLARDO, Secretario de la Asamblea Nacional.

POR TANTO:

Publíquese y Ejecútese. Managua, treinta y uno de Octubre de mil novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.

Observación: Título de la norma y categoría normativa, conforme publicación de la Ley N°. 1166, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia del Sector Energético y Minero, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 217, del 29 de noviembre de 2023”.