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DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN EN LOS PAÍSES AFECTADOS POR SEQUÍA GRAVE O DESERTIFICACIÓN, EN PARTICULAR EN ÁFRICA
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Rango: Decretos Legislativos
Número: 1795
Código de iniciativa:
Aprobado: 29/10/1997
Publicado: 17/12/1997
DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN EN LOS PAÍSES AFECTADOS POR SEQUÍA GRAVE O DESERTIFICACIÓN, EN PARTICULAR EN ÁFRICA
DECRETO A.N. N°. 1795, aprobado el 29 de octubre de 1997
diciembre de 1997

DECRETO A.N. N°. 1795

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO
DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACIÓN EN LOS PAÍSES AFECTADOS POR SEQUÍA GRAVE O DESERTIFICACIÓN, EN PARTICULAR EN ÁFRICA

Artículo 1.- Se aprueba la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular en África, hecha en París el 17 de Junio de 1994 y suscrita por Nicaragua en Nueva York, Estados Unidos de América el 21 de Noviembre de 1994.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del depósito del Instrumento de Ratificación ante el Secretario General de las Naciones Unidas y de su publicación por cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintinueve días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y siete.- IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- CARLOS GUERRA GALLARDO, Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:

Publíquese y Ejecútese. Managua, dieciocho de Noviembre de mil novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.