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VENTA DE MERCANCÍAS EN ALMACENES GENERALES
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Acuerdos Ministeriales
Número: 20-91
Código de iniciativa:
Aprobado: 03/03/1991
Publicado: 19/08/1991
VENTA DE MERCANCÍAS EN ALMACENES GENERALES
ACUERDO MINISTERIAL No. 20-91, Aprobado el 03 de Marzo de 1991

Publicado en La Gaceta No. 153 del 19 de Agosto de 1991

EL VICE MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

Que las causas que permitieron la modalidad de venta de mercancías en Almacenes Generales de Depósito han sido superadas.
Por Tanto:
En uso de sus facultades,

Acuerda:

Primero: Las mercancías que se encuentran en los Almacenes Generales de Depósito deben estar de previo nacionalizadas para comercializarse en el mercado local.

Segundo: Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior las ventas que previa presentación de la correspondiente Franquicia Aduanera debidamente autorizada se efectúen a:
- Misiones y Funcionarios del Cuerpo Diplomático y Consular y de Organismos Internacionales acreditados en el país.

- Gobierno y sus Instituciones que por leyes especiales gozan de exoneración total o parcial de los derechos arancelarios e impuestos a la importación.

- Repatriados Nicaragüenses conforme Acuerdos Ministeriales Nos. 26-B y 7-91 del 23 de Julio de 1990 y 4 de Febrero de 1991, respectivamente, en lo referente a vehículos.

Tercero: Los Almacenes Generales de Depósito Públicos y Privados que ofrecen el servicio de almacenamiento temporal de mercancías extranjeras sin pagar derechos e impuestos de importación, continuarán funcionando bajo vigilancia y control de la Aduana conforme las disposiciones del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) y su Reglamento (RECAUCA).

Cuarto: El presente Acuerdo Ministerial deroga cualquier disposición que se le oponga, y entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los tres días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y uno. Leonel Rodríguez. Vice-Ministro.