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SUSPENSIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE NICARAGUA Y GUATEMALA
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Circulares
Número: 208
Código de iniciativa:
Aprobado: 30/07/1932
Publicado: 12/08/1932
SUSPENSIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE NICARAGUA Y GUATEMALA

CIRCULAR ADMINISTRATIVA No. 208. Aprobada el 30 de julio de 1932

Publicada en La Gaceta No. 170 del 12 de Agosto de 1932


Señores Administradores de Aduanas:

1.- De orden del señor Ministro de Hacienda en carta dirigida al Recaudador General de Aduanas el 29 de julio corriente, se ha mandado a suspender, hasta nuevo aviso, la franquicia aduanera concedida a los productos guatemaltecos que se importaban a Nicaragua.

2.- En consecuencia, las Aduanas de la República cobrarán los correspondientes derechos de importación y demás impuestos a los productos de Guatemala que se registren desde el 30 de julio de 1932 en adelante.

3.- Sírvanse acusar recibo manifestando quedar bien entendidos.
El Recaudador General de Aduanas
y Miembro de la Alta Comisión,
IRVING A. LINDBERG.