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(SE DECLARA DÍA DE FIESTA NACIONAL EL 1 DE MAYO DE CADA AÑO)
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Legislativos
Número: 26
Código de iniciativa:
Aprobado: 29/04/1925
Publicado: 09/05/1925
(SE DECLARA DÍA DE FIESTA NACIONAL EL 1 DE MAYO DE CADA AÑO)

DECRETO No. 26, Aprobado el 29 de Abril de 1925

Publicado en La Gaceta No. 104 del 09 de Mayo de 1925

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No. 26

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO:

Que el 1º de mayo de cada año ha sido consagrado universalmente a rendir un tributo de simpatía a la causa del trabajo, a las reivindicaciones justas y razonables del proletariado,
DECRETAN:

ÚNICO: Declarase día de fiesta nacional el 1º de mayo de cada año.

El presente decreto empezará a regir desde su publicación por bando.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, 29 de abril de 1925. Vicente F. Pérez, D. P. M. Cordero Reyes, D. S. Ramón Romero, D.V.S.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, 30 de abril de 1925. Federico Sacasa, S. P. Sebastián Uriza, S. S. J. L Salazar, S. S.

Por Tanto: Publíquese. Casa Presidencial. Managua, 30 de abril de mil novecientos veinticinco. CARLOS SOLÓRZANO. El Ministro de Fomento, SALVADOR CASTRILLO.