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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LOS ATENTADOS TERRORISTAS COMETIDOS CON BOMBAS
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
Número: 3244
Código de iniciativa:
Aprobado: 13/02/2002
Publicado: 25/02/2002
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓ N DE LOS ATENTADOS TERRORISTAS COMETIDOS CON BOMBAS

DECRETO A.N. No. 3244, Aprobado el 13 de Febrero del 2002

Publicado en La Gaceta No. 38 del 25 de Febrero del 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LOS ATENTADOS TERRORISTAS COMETIDOS CON BOMBAS


Artículo 1.- Apruébase el Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas cometidos con Bombas, adoptado en la 72º Sesión Plenaria de Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de Diciembre de 1997.

Artículo 2.- El presente Decreto estará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los trece días del mes de Febrero del dos mil dos. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la Asamblea Nacional. RENÉ HERRERA ZÚÑIGA, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, quince de Febrero del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.