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(ELÉVASE A LA CATEGORÍA DE PUEBLO AL CASERÍO DE SAN FRANCISCO DEL CARNICERO)
Materia: Municipal
Rango: Decretos Legislativos
Número: 361
Código de iniciativa:
Aprobado: 08/07/1945
Publicado: 06/07/1945
(ELÉVASE A LA CATEGORÍA DE PUEBLO AL CASERÍO DE SAN FRANCISCO DEL CARNICERO)

No. 361, Aprobado el 8 de Julio de 1945

Publicado en La Gaceta No.140 del 6 de Julio de 1945

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,
SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No. 361

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETAN:

Artículo 1º.- El caserío de San Francisco del Carnicero, ubicado en la ribera Norte del Lago de Managua.

Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo, una vez organizada la nueva Municipalidad, procederá a la urbanización de acuerdo con la ley.

Artículo 3º.- Este decreto empezará a regir desde su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial y se publicará por bando en la localidad beneficiada.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 8 de Junio de 1945.- A. MONTENEGRO D. P.- VÍCTOR MANUEL TALAVERA, D. S.- C. A. BENDAÑA, D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 14 de Junio de 1945.- C. A. MORALES, S. P.- A. ALEMÁN S., S. S. ARTURO MANTILLA, S. S.

Por tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial. Managua, D. N., quince de Junio de mil novecientos cuarenta y cinco.- A. SOMOZA, Presidente de la República.- M. SALMERON, Ministro de la Gobernación y Anexos.