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TRANSFERENCIA PARA EL SENADO
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Legislativos
Número: 406
Código de iniciativa:
Aprobado: 26/02/1959
Publicado: 16/04/1959
TRANSFERENCIA PARA EL SENADO

DECRETO No. 406, Aprobado el 26 de Febrero de 1959

Publicado en La Gaceta No. 82 del 16 de Abril de 1959

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

A sus habitantes

SABED

Que el Congreso ha Ordenado lo Siguiente

DECRETO No. 406

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETAN

Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente la siguiente transferencia de Partida de la Cámara del Senado:

De: 0201 - 2803 - Materiales y Suministros Consulares C$ 1,500.00

Artículos para Imprenta y Enc. C$ 1,000.00
Art. Domésticos 500.00

0201 - 2804 Equipos 7,000.00
Para Oficina C$ 4,000.00
Libros para Biblioteca 3.000.00

0201 - 2806 Mantenimiento de Equipos e Inmuebles 1,500.00

De Oficina C$ 500.00
De Imp. y Enc. 1,000.00
C$ 10.000.00

A: Varios C$ 10.000.00

Partida de Nivelación

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, D. N., 26 de Febrero de 1959. - (f) A. MONTENEGRO, D.P. - (f) SALVADOR CASTILLO, D. S. - (f) F. MEDINA, D.S.

Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, Managua, D. N., 3 de Marzo de 1959. - (f) LEONARDO SOMARRIBA, S.P. - (f) PABLO RENER, S.S. - (f) CARLOS RIVERS DELGADILLO, S.S.

Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial, Managua, D. N., 6 de Marzo de 1959. - (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) KARL J. C. H. HUEC, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.