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TRANFERENCIA DE PARTIDA PARA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Legislativos
Número: 445
Código de iniciativa:
Aprobado: 03/09/1959
Publicado: 09/11/1959
TRANSFERENCIA DE PARTIDA PARA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DECRETO LEGISLATIVO No. 445, Aprobado el 03 de Septiembre de 1959

Publicada en La Gaceta No. 254 del Lunes 09 de Noviembre de 1959

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

la Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

DECRETAN:


Art. 1- Autorizase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, la siguiente transferencia de Partidas de la Corte Suprema de Justicia:

DE: 1407-1404- Equipos para Oficina C$ 2.500.00

A: 1407-1402- Servicios Impersonales
Impresiones y Encuadernaciones C$ 2.500.00

Art. 2- La Presente Ley entrará en vigor desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 3 de Septiembre de 1959- (f) J. J. MORALES MARENCO, DP.-(f) J. CASTILLO A., DS.-(f) A. MARTINEZ, DS.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D. N., 16 de Septiembre de 1959.-(f) CRISANTO SACASA, SP.-(f) CAMILO LÓPEZ IRIAS, SS.-(f) ENRIQUE BELLI, SS.

Por Tanto, Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D.N., 18 de Septiembre de 1959.-(f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.-(f) GONZALO MENESES OCÓN, Ministro de Hacienda y Crédito Publica por la Ley.- GILBERTO PÉREZ ALONSO, Oficial Mayor de Hacienda.