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REFORMAS A LA LEY DE INCENTIVOS FISCALES A LA PEQUEÑA INDUSTRIA ARTESANAL
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 486
Código de iniciativa:
Aprobado: 12/02/1990
Publicado: 26/02/1990
REFORMAS A LA LEY DE INCENTIVOS FISCALES A LA PEQUEÑA INDUSTRIA ARTESANAL

Decreto No. 486 de 12 de febrero de 1990

Publicado en La Gaceta No. 40 de 26 de febrero de 1990

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere el numeral 4 del Artículo No. 150 de la Constitución Política:

DECRETA:

Artículo 1.- Se prorroga hasta el período fiscal cortado al 30 de Junio de 1991, la exoneración del pago del Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre Patrimonio Neto a que se refiere el Artículo 2 inciso a) del Decreto No. 447, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 125 del 3 de Julio de 1989 (Ley de incentivos Fiscales a la pequeña Industria Artesanal).

Artículo 2.- El presente Decreto, entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del mes Febrero de mil novecientos noventa. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.