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AUTORIZASE CIRCULACIÓN PARCIAL DE SELLOS POSTALES
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 5
Código de iniciativa:
Aprobado: 05/03/1968
Publicado: 19/03/1968
AUTORIZASE CIRCULACIÓN PARCIAL DE SELLOS POSTALES

DECRETO EJECUTIVO N°. 5, aprobado el 5 de marzo de 1968

Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 67 del 19 de marzo de 1968

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorizase la circulación parcial de los sellos postales, cuyo resello fue ordenado en Decreto No. 14 del treinta y uno de Mayo de 1967 y que se detallan a continuación:

a) 500.000 estampillas con el valor de 5 centavos sobre estampillas de 6 centavos de la emisión "Cámara Junio";

b) 200.000 estampillas con el valor de 5 centavos sobre estampillas de 6 centavos de la emisión "Deportes" y

e) 100.000 estampillas con el valor de 5 centavos sobre estampillas de 8 centavos de la emisión Visita del Presidente Somoza García a Washington".

Artículo 2º.- Publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial, a los cinco días del mes de Marzo de mil novecientos sesenta y ocho. ANASTASIO SOMOZA DEBAYLE, Presidente de la República.- Jorge Ulises Chévez, Ministro de Hacienda y Crédito Público por, la Ley.