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(HONORARIOS CONSULARES PARA NICARAGÜENSES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO PARA TRÁMITE DE CEDULACIÓN)
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
Número: 55-2003
Código de iniciativa:
Aprobado: 03/07/2003
Publicado: 30/07/2003
(HONORARIOS CONSULARES PARA NICARAGÜENSES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO PARA TRÁMITE DE CEDULACIÓN)

DECRETO EJECUTIVO N°. 55-2003. aprobado el 03 de julio del 2003.

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 143 del 30 de julio del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,


En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO:

El siguiente:

DECRETO:

Artículo 1.- Los Nicaragüenses residentes en el extranjero pagarán US$ 25.00 (veinticinco dólares de los Estados Unidos de América) en concepto de Honorarios Consulares en los Consulados Generales en el exterior, por el envío ida y vuelta del expediente y documentación respectiva por el trámite de Cedulación ante el Consejo Supremo Electoral.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el tres de Julio del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua.